lunes, 4 de diciembre de 2017

La FP según la LOMCE

¿Qué novedades hay en la Formación Profesional dentro de la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa 8/2013 del 9 de Diciembre? ¿Hay mejoras introducidas respecto a la última Ley Educativa? Pongámonos en contexto.  Durante los años de crecimiento económico, la tasa de abandono educativo llegó a situarse en el 30%. Sin embargo, desde el año 2009 (cuando comenzó a aparecer la crisis económica), el fracaso escolar no ha hecho más que descender aunque aún estamos lejos de los objetivos que persigue España con la Unión Europea para el 2020. Por lo tanto, seguimos manteniendo una tasa alta de fracaso escolar.

Por otra parte, respecto a las leyes educativas anteriores, se observa una difícil conexión entre quienes deciden realizar una formación profesional (FP) y quienes quieren realizar una formación universitaria. Es decir, existía poca flexibilidad si algún alumno o alumna estudiaba  una FP y, posteriormente, querría realizar una formación universitaria ya que los pasos que tenía que aplicar no eran sencillos. Por ejemplo, con la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE), cualquier alumno o alumna que quisiese realizar una FP de Grado Superior debía de realizar previamente el Bachillerato sin poder acceder mediante la FP de Grado Medio. O, con la Ley Orgánica Educativa (LOE), para pasar de grado medio a superior se debía realizar una prueba de acceso.


Estos trámites no hacían, sino, dificultar el acceso a la FP desde el itinerario enfocado a la Universidad (ESO y Bachillerato).  Por
ello, con la última Ley Educativa se pretende dar una mayor flexibilidad, al mismo tiempo que un mayor impulso al acceso laboral. Es cierto que una de las medidas nuevas de la LOMCE es la FP Dual.  Esta modalidad no hace sino más que fortalecer los lazos entre los centros formativos y las empresas con la finalidad de que el alumno pueda intercalar ambas cosas a medida que se vaya formando.

El fortalecimiento entre educación y empresa no es un aspecto negativo, todo lo contrario, se valora muy positivamente que el alumno vaya adquiriendo más contacto con el mundo laboral a través de sus prácticas. Sin embargo, podemos mencionar algunas desventajas en dicha modalidad como puede ser una excesiva focalización en la tarea por lo que el alumno o alumna no podría ver el funcionamiento de la empresa en su conjunto o las divergencias que pudiese existir entre Estado y las empresas sobre quién financia dicha formación.

Por último, destacar en esta nueva ley la FP Básica. Dicha formación, cuya extensión dura dos cursos académicos, estaría orientada a los alumnos o alumnas que hubiesen completado el primer ciclo de la educación secundaria (1º, 2º y 3º de la ESO) o que hayan completado 2º de la ESO y excepcionalmente se considere, previa consulta del equipo docente a los tutores legales, su incorporación a dicha formación. Supondría una manera de acceder a una FP de Grado Medio o, en su caso, completar la educación secundaria obligatoria en el caso de que el alumno o alumna lo desease aunque la reválida se encuentra paralizada con el RD 5/2016 del 9 de Diciembre.


En conclusión, el fomento de la iniciativa y el emprendimiento en nuestra sociedad resulta muy necesario y es positivo que se fomente desde la educación. Sin embargo, recordemos que igual o más importante supone alcanzar un acuerdo por un pacto de la Educación cuyas próximas generaciones se vean favorecidas por el mismo. 

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